Autorizaciones Temporales para la Circulación de Vehículos Especiales de las Categorías M, N y O - [Provías Nacional]
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Según Directiva 008-2008-MTC/20, la emisión de la autorización para los vehículos especiales tendrá una vigencia de 5 años, renovables previa verificación de las condiciones que dieron mérito
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